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Noticias del río Gila

La Diputación del General del Reino de Aragón, Diputación del Reino de Aragón o Generalidad de Aragón (Deputazión del Cheneral del Reino d'Aragón o Cheneralidat d'Aragón en aragonés; Diputación del General del Reino de Aragón en castellano) fue una institución aragonesa vigente entre 1364 y 1708 cuya función era la representación por los estamentos del reino del Reino de Aragón en los periodos entre Cortes ante el Rey de Aragón y el resto de los reinos peninsulares. Se encargaba de intervenir en los asuntos fiscales, administrativos y políticos internos y externos y de salvaguardar y velar por el cumplimiento de los Fueros aragoneses.

La Diputación General de Aragón fue una institución de poder permanente cuyo origen estuvo en la urgencia de Pedro IV de Aragón por recaudar fondos ante las necesidades económicas provocadas por la Guerra de los Dos Pedros (1356-1369), para lo cual convocó en 1362 a Cortes en Monzón a los reinos de Aragón y Valencia y al principado catalán. En sus inicios, la Diputación del General respondió a las mismas funciones fiscales que las Generalidades catalana y valenciana del mismo nombre, nacidas del propósito recaudatorio establecido a partir de la creación del impuesto de Generalidades, que comenzó a aplicarse en Aragón desde las Cortes celebradas en Zaragoza en 1364.

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Se trata de un edificio construido durante la segunda década del siglo XX sobre los restos de un teatro incendiado. Albergó las oficinas del Ministerio de Trabajo y, posteriormente, del Colegio Francés. Su restauración para sede del Consejo General del Poder Judicial respetó el diseño original de la fachada, la forma y la altura del original.    La finca pertenece al Patrimonio del Estado.

El Consejo General del Poder Judicial ocupó dos sedes provisionales. La primera en el edificio que alberga la Audiencia Nacional (calle García Gutiérrez, número 1 de Madrid), donde el Consejo permaneció hasta septiembre de 1981. La segunda en la calle de la Habana números 140-142 de Madrid, donde permaneció el Consejo General del Poder Judicial hasta su traslado definitivo a su actual ubicación.

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El Reglamento del Tribunal de Filipinas, en su versión modificada, y las normas y reglamentos dictados por el Tribunal Supremo, definen las normas y procedimientos del poder judicial. Estas normas y reglamentos adoptan la forma de asuntos administrativos, órdenes administrativas, circulares, circulares memorándum, órdenes memorándum y circulares OCA.    El Tribunal Supremo difunde estas normas y reglamentos a todos los tribunales, publica las importantes en periódicos de circulación general, las imprime en forma de libro o folleto, y las carga en el sitio web del Tribunal Supremo y en el sitio web de la biblioteca electrónica del Tribunal Supremo.

En virtud del artículo VIII, sección 8, los nombramientos para el poder judicial los hace el Presidente de Filipinas basándose en una lista presentada por el Consejo Judicial y de la Abogacía, que está bajo la supervisión del Tribunal Supremo.    Su función principal es seleccionar a los candidatos a cualquier puesto judicial. Está compuesto por el presidente del Tribunal Supremo como presidente de oficio, el Secretario de Justicia y representantes del Congreso como miembros de oficio, y un representante del Colegio de Abogados Integrado, un profesor de Derecho, un miembro jubilado del Tribunal Supremo y un representante del sector privado como miembros.

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Antes de esto, los nombramientos se hacían por recomendación del Lord Canciller, que era un Ministro del Gobierno. El Departamento del Lord Canciller realizaba sus propias investigaciones sobre los candidatos más idóneos. Se consideró que el proceso de nombramiento se prestaba a la crítica de que un miembro del Gobierno no debería tener la responsabilidad exclusiva de nombrar a los jueces. También se consideró que los jueces eran nombrados a imagen y semejanza de los jueces existentes en lugar de únicamente por sus méritos a partir de un grupo de candidatos elegibles ampliamente seleccionados.

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